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¿Quieres emprender en el negocio de los préstamos?

  • Foto del escritor: GPF Asesoría de Negocios
    GPF Asesoría de Negocios
  • hace 3 minutos
  • 4 min de lectura

¿Sabes de alguien que quiere emprender… en el negocio de los préstamos? ¿Pero le dicen que solo puede hacerlo creando una SOFOM? la respuesta corta es No, puedas hacerlo como persona física o Sociedad Mercantil.

 


Imagina lo siguiente un conocido suyo recibe una buena herencia, vende una propiedad o simplemente ahorró un capital importante. Quiere poner a trabajar su dinero y nota que en su comunidad o sector hay una necesidad enorme de créditos. Sabe que prestar dinero con intereses es un negocio noble y rentable, por lo que decide emprender en este giro de manera formal y derecha.

 

Sin embargo, cuando va a pedir asesoría, lo primero que le dicen es: “Para prestar dinero a fuerza necesitas crear una SOFOM E.N.R. (Sociedad Financiera de Objeto Múltiple, Entidad No Regulada)”; e investiga un poco y ante los miles de requisitos, los costos altísimos para abrirla, los trámites externos, termina desilusionado y decide mejor no iniciar su negocio, dejando ir una gran oportunidad; este artículo, podrá ser de utilidad para ese conocido, debiendo desde luego cumplir ante las obligaciones legales, contables y fiscales que le permitan arrancar con una estructura inteligente.

 

Es verdad que las SOFOMES son los vehículos más famosos en México para dar créditos en masa o conseguir financiamiento de grandes bancos de desarrollo, y es importante decir que este tipo de sociedades deben de realizar toda una serie de trámites:

 

1.- Ante CONDUSEF: Hay que pedir un dictamen especial antes de nacer, registrarse en un sistema llamado SIPRES, dar de alta cada contrato que vayas a usar para que revisen que no haya cláusulas abusivas, y atender plataformas digitales para quejas de los usuarios.


2.- Controles Antilavado de Dinero (CNBV y UIF): Una SOFOM necesita contratar obligatoriamente a un Oficial de Cumplimiento (un profesional certificado por el gobierno), pagar auditorías externas cada año y comprar sistemas de software carísimos para reportar movimientos de dinero de forma mensual.

 

Todo esto; para alguien que va iniciando con su propio capital, esta carga es como intentar manejar un camión de carga pesada cuando apenas estás aprendiendo a conducir. No hace sentido. Pero que otras alternativas existen, puede empezar como Persona Física, de conformidad con el Código Civil de cada entidad; este contempla la legalidad para efecto de realizar un contrato de mutuo con interés. En palabras sencillas, es el contrato de préstamo de toda la vida.

 

Solo que si es conveniente precisar que la persona física deberá de registrarse ante la Servicio de Administración Tributaria bajo el Régimen de Persona Física con Actividad Empresarial (PFAE). Régimen con el que podrá operar sin ningún problema, debiendo cumplir con sus declaraciones mes con mes, acumular ganancias que le dejen los intereses y emitir facturas electrónicas (CFDI) a sus clientes, desglosando el capital cobrado y los intereses.

 

Al tener crecimiento, el siguiente paso va ser, constituirse en Sociedad Mercantil (S.A. de C.V.). Una vez que el negocio empieza a crecer, lo correcto es constituirse en sociedad que le permite e incluso, separa el patrimonio personal (los bienes personales “casa, vehículo, cuentas de ahorros, etc.) del negocio, abre una ventana para invitar a socios inversionistas; e incluso con la sociedad tiene una mayor accesibilidad a acceder a consultas en el Buró de Crédito.

 

Considerando lo señalado en el párrafo que antecede sin duda alguna si se cuenta con el recurso y se desea emprender en el giro aquí tratado; siempre se debe de tener como objetivo mantener una protección constante para lo cual se debe de contar con los contratos pertinentes, que el recurso con el que se opera el negocio, su origen sea transparente y siempre utilizar las transacciones con cuentas bancarias de la empresa; es importante precisar que tanto para la sociedad mercantil, como para la persona física, si se deben de cumplir con obligaciones de hacer ante la Ley Antilavado de Dinero (LFPIORPI), como con la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) y el SAT; aun cuando no sea una Sociedad Financiera.

 

Debe en todo momento de:

 

1.- Realizar a cada cliente su respectivo Expediente Único.

Que consiste en solicitar su INE, comprobante de domicilio, RFC y que firme la hoja donde declare si el dinero es para él o trabaja para alguien más.

 

2.- Avisar a la autoridad (SAT) “Aviso Digital”.

En caso de los umbrales (límite) fijado por el gobierno, sean sobrepasados (sea de golpe o en periodos ejemplo de 6 meses), tienes la obligación de mandar un aviso digital a través del portal web del SAT.

 

3.- Cuidar las formas (Blindaje)

Para esto, es importante que todos los préstamos se realicen mediante transferencia o cheque (evita el efectivo). Además, los contratos deben estar bien hechos, con firmas claras y de preferencia ratificados ante un Notario para que tengan "fecha cierta" y validez total ante cualquier juicio.

 

La gran ventaja es que a diferencia de una Sociedad Financiera; en esta modalidad, No necesitas contratar Oficial de Cumplimiento Certificado, ni gastar una fortuna en auditorías operativas anuales.

 

Como emprendedor es importante que interés de negocio, sea compatible con capacidad de permanencia (mantenerse en el mercado), y para ello la estructura que usted elija desde el arranque, será clave para su crecimiento.

 

Por ello si una persona tiene la oportunidad y el dinero para emprender en el negocio de los préstamos, sí puede hacerlo, está totalmente permitido por la ley y contablemente es viable. La clave está en avanzar por escalones, empieza como Persona Física con Actividad Empresarial, usando contratos de mutuo bien amarrados con pagarés, cobrando el IVA correspondiente de los intereses y armando tus expedientes antilavado; para una vez que aumente el volumen de negocio, pasar a una Sociedad Anónima para proteger tus bienes personales y dar una imagen más profesional y que cuando llegue el momento de pensar en una SOFOM (E.N.R), sea cuando necesites que los bancos te presten millones de pesos para seguir trabajando, o cuando le vayas a prestar a grandes empresas y necesites el beneficio de no cobrarles IVA en los intereses.

 

El éxito de un negocio financiero no depende de qué tan elegantes o complicadas sean tus siglas iniciales, sino de qué tan ordenado seas con tus contratos, tus impuestos y tus leyes de prevención.

 

Por: Lic. Marcelo Ibarra

Abogado Corporativo

 
 
 

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