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REACTIVACIÓN DE PLAZOS - PODER JUDICIAL Acuerdo General 21/2020 CJF


Con la intención de brindarle la información actualizada en cuanto a los recientes cambios en materia fiscal, económica y administrativa, es que nos permitimos hacer de su conocimiento por esta vía, que el pasado 28 de julio de 2020, el Pleno del Consejo de la Judicatura Federal aprobó el Acuerdo General 21/2020 a través del cual se establece la reanudación de plazos y el regreso escalonado en los órganos jurisdiccionales. Dicho acuerdo será obligatorio para los Tribunales Colegiados y Unitarios de Circuito, así como los Juzgados de Distrito en el País, por tanto, regirá la forma en que se administrará la impartición de justicia durante el periodo señalado del 3 de agosto al 31 de octubre de 2020.

Así, se adopta un esquema de trabajo en el cual el Poder Judicial de la Federación cumplirá́ en su totalidad con la prestación del servicio público de impartición de justicia, aunque con algunos ajustes que requerirán de un inevitable proceso de asimilación por parte del personal jurisdiccional y de las personas justiciables. Por tales razones, la función jurisdiccional, durante el periodo del 3 de agosto al 31 de octubre de 2020, se regirá por los siguientes postulados:

I. DISPOSICIONES GENERALES. Se levanta la suspensión de los plazos y términos decretada del 18 de marzo al 31 de julio de 2020, con precisiones, que atienden a la subsistencia de la situación de emergencia y a la necesidad de permitir el trabajo jurisdiccional en condiciones que no pongan en riesgo a las personas justiciables ni al propio personal de los órganos de justicia.

II. ATENCIÓN AL PUBLICO EN GENERAL. A partir del 3 de agosto de 2020 estará disponible en el Portal de Servicios en Línea un micrositio sobre “Servicios jurisdiccionales” https://www.serviciosenlinea.pjf.gob.mx/ServiciosJurisdiccionales, dentro del cual se encontrarán los teléfonos, correos electrónicos institucionales y demás información de contacto de los órganos jurisdiccionales, así como las listas para sesión y de acuerdos.

Adicionalmente, en dicho micrositio se encontrará el sistema “Agenda OJ”, en el que se podrán generar citas para consultar expedientes y el desahogo de comparecencias o requerimientos.

III. OFICINAS DE CORRESPONDENCIA COMÚN. La recepción de todos los escritos iniciales que se presenten físicamente se hará mediante su depósito en los buzones judiciales colocados en todas las Oficinas de Correspondencia Común del País, esto aplicará tanto para los casos urgentes como no urgentes.

Los buzones judiciales estarán habilitados de las 8:30 a las 20:00 horas para recibir asuntos no urgentes. Los urgentes se podrán depositar en el buzón judicial de lunes a jueves hasta las 14:30, ya que a partir de las 14:31 y los viernes y fines de semana, deberán presentarse directamente al órgano de guardia.

Es responsabilidad exclusiva de las personas verificar que los asuntos que depositen en los buzones judiciales estén en sobre u otro empaque similar, debidamente firmados, integrados y dirigidos a los tribunales de Circuito o juzgados de Distrito a los que presta servicio la Oficina de Correspondencia Común de que se trate. Al realizar el depósito, la propia persona promovente generará su acuse con el reloj fechador que se encuentra integrado al buzón, mientras que la boleta de turno se enviará por correo electrónico a las partes que lo proporcionen.

IV. OFICIALIA DE PARTES COMUNES. En cada edificio sede de órganos jurisdiccionales se habilitarán Oficialias de Partes Comunes para la recepción de promociones presentadas físicamente, las cuales se colocarán en los espacios que las respectivas administraciones de los edificios señalen.

Las OPC replicarán la división de turnos, en el entendido de que la del turno matutino prestará servicios de las 9:00 a las 14:00, exclusivamente para órganos que laboren por las mañanas, y la del turno vespertino lo hará de las 15:00 a las 19:00, solo para los órganos que laboren por las tardes.

El turno de guardia para la recepción de asuntos en días y horas inhábiles se regirá conforme al sistema de turno de guardias de juzgados de distrito publicado en el enlace: http://www.cjf.gob.mx/sistemaTurnosGuardias.htm. La distribución de los órganos jurisdiccionales en los ocho grupos generados según la división en turnos matutino y vespertino, y de cada uno en cuatro bloques de horarios, se puede consultar en https://www.cjf.gob.mx/2020/distribucionOJ.pdf.

V. TRAMITACIÓN Y RESOLUCIÓN DE ASUNTOS EN JUZGADOS DE DISTRITO, TRIBUNALES UNITARIOS DE CIRCUITO, TRIBUNALES COLEGIADOS DE CIRCUITO Y PLENOS DE CIRCUITO.

El levantamiento de la suspensión de plazos implica que todos los órganos jurisdiccionales puedan dar trámite a los asuntos que les sean turnados y a los que ya tengan radicados, de conformidad con la normatividad aplicable y sin restricción alguna, aunque debiendo implementar los ajustes previstos en el Acuerdo 21/2020.

Dado que aún no se permitirá la entrada libre de las personas a los órganos jurisdiccionales, las listas de acuerdos y de sesión se publicarán en internet conforme a lo previsto en el artículo 29 de la Ley de Amparo y en las leyes adjetivas correspondientes.

Con independencia de que un asunto se tramite bajo el esquema tradicional, bajo el de juicio en línea, o en una combinación de ambos, las y los titulares procurarán que el desahogo de diligencias, alegatos y audiencias se realice utilizando las videoconferencias como regla general.

VI. REGLAS ESPECÍFICAS PARA LOS ÓRGANOS JURISDICCIONALES QUE CONOCEN DE ASUNTOS PENALES. Se reanudará el trámite y resolución de todo tipo de asuntos y audiencias, sin limitación de la etapa en la que se encuentre, para lo cual, la administración de los Centros de Justicia Penal Federal podrá programar de manera gradual y escalonada, el desahogo de audiencias y diligencias procesales, a partir del 3 de agosto de 2020.

Se programarán prioritariamente las audiencias cuya naturaleza o complejidad haga necesario su desahogo de manera presencial, en especial las de juicio, y particularmente cuando la persona acusada se encuentre privada de su libertad. las audiencias penales se celebrarán sin público, hasta en tanto la Comisión Especial determine otra cosa.

Se mantiene la habilitación de todos los tribunales unitarios que se encuentren de guardia para que, durante la misma, conozcan de los asuntos y recursos derivados de los Centros de Justicia Penal Federal que les corresponda por residencia.

Quedando como siempre a sus órdenes para cualquier duda, aclaración o asesoría en nuestros datos de contacto. Con gusto te asesoraremos.

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