¿Estas enterad@ de las nuevas reglas para recibir el pago de Pensiones IMSS?
Es por medio del trabajo que se obtienen los ingresos con los cuales podemos satisfacer las necesidades, no solamente a corto plazo, si no también al largo plazo y con miras hacia la vejez, pues con la jubilación vendrá la recompensa por el esfuerzo de todas aquellas actividades económicas a las que te hayas dedicado en tu trayectoria laboral en la forma de una pensión, que es una de las prestaciones de ley fundamentales.
Es por ello que la seguridad social es una parte esencial de tus derechos laborales, y esa es justamente la razón por la cual tu patrón está obligado a darte de alta en el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) y hacer las aportaciones patronales en el Régimen Obligatorio.
Con la intención de recordar un poco el concepto de: Pensión, de acuerdo a un artículo publicado anteriormente, por este mismo medio:
Una pensión tal y como lo señala el Instituto Mexicano de Seguro Social (IMSS), en su portal de internet, es una prestación económica destinada a proteger al trabajador, al ocurrirle un accidente de trabajo, al padecer una enfermedad o accidente no laborales, o al cumplir al menos 60 años de edad, el otorgamiento de esta se realiza mediante la entrega de una resolución, respaldando el derecho al pago de un importe mensual y al servicio médico que brinda el IMSS, de igual manera, en caso de fallecimiento del trabajador o pensionado, protege a sus beneficiarios.
Si estas próximo a recibir tu pensión o eres una de las personas que se interesan por su futuro o bien si ya eres un beneficiario de la Pensión IMSS , debes considerar que se hicieron oficiales nuevas reglas para recibir tu pago como pensionado, así que aquí te decimos los detalles más relevantes en cuanto a dicho acuerdo publicado.
El 23 de abril de este año 2024 está en vigor el acuerdo numero ACDO.AS2.HCT.260623/161.P.DPES, Dictado por el H. Consejo Técnico en la sesión ordinaria del día 26 de junio de 2023, relativo a la aprobación de las Reglas Generales, lineamientos, así como datos, documentos y formatos específicos que se deben proporcionar o adjuntar para llevar a cabo diversos trámites ante el IMSS, en materia de prestaciones en dinero que prevé la Ley del Seguro Social. (Publicado en el DOF del 22 de abril de 2024).
Aunque los nuevos trabajadores que se van incorporando al mercado laboral se rigen por los lineamientos de la Ley del IMSS de 1997, quienes empezaron a cotizar cuando seguía vigente la anterior, de 1973, todavía pueden jubilarse con un mecanismo de pensiones solidarias sin depender de un ahorro en Afore para conseguirlo.
Los mecanismos para pensionarme bajo esta ley del 73 siguen en evolución, pues hay muchos trabajadores aun por jubilarse en esta modalidad y para ello se hicieron modificaciones que se reflejan en ya mencionado acuerdo, el cual deriva de las reuniones de la sesión ordinaria del H. Consejo Técnico del IMSS que tuvo lugar el 26 de junio de 2023 y que recién entro en vigor este 23 de abril de 2024 con los siguientes cambios más relevantes y notorios, para tramitar la pensión:
Los detalles más relevantes de dicho acuerdo son los siguientes:
El interesado debe de manifestar al solicitar su pensión, si disfruta o no de algún otro beneficio bajo el régimen obligatorio del seguro social.
Indicar si dispuso de recursos de la cuenta individual por una resolución negativa de pensión del seguro del retiro, Cesantía en edad avanzada o vejez.
La pensión IMSS solo puede depositarse en la cuenta del asegurado, aunque el tramite lo haga otra persona; exceptuando casos de menores de edad.
Solo pueden recibir el beneficio al que tienen derecho mediante ventanilla bancaria.
¿Cuál es la nueva regla para que jubilados del IMSS puedan cobrar?
Se trata de un cambio que está plasmado en el Diario Oficial de la Federación (DOF), para que los jubilados del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) y del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE) puedan cobrar sus recursos.
De acuerdo con el apartado No. 14 de las reglas generales marcadas en el DOF, el pago de las pensiones se dará solamente por acreditamiento a la cuenta bancaria de los beneficiarios, salvo aquellos que tengan especificaciones o una forma de pago diferente.
Por ello, se solicitará a los jubilados que proporcionen la información adecuada y documentación de la cuenta de banco que autoriza a la persona de la tercera edad con clave bancaria estandarizada (CLABE).
Es decir, el acreditado deberá ser titular de la cuenta bancaria, y en caso de encontrar algún error, los montos podrían ser no aceptados por el sistema y, por consiguiente, no se pagará a los adultos mayores.
Si los jubilados cambian de domicilio, entonces tendrá que realizar el trámite ‘’solicitud de registro’’ y actualización de derechohabientes’’.
Además, en las nuevas reglas también se especifica que no se puede, por ningún motivo, cobrar los recursos en ninguna tarjeta bancaria que no esté a nombre del acreditado.
Y es que a pesar de que hay jubilados que tienen apoderados o representantes legales, quienes se encargan de hacer los trámites, y en ocasiones hasta cobran con su nombre, esto ya no será permitido.
A partir de las reformas a las leyes del Seguro Social Se aprobó la reforma para llegar al Fondo de Pensiones:
La cámara Alta, es decir el senado de la república aprobó en lo general, la reforma al sistema de pensiones, donde se podrá crear el Fondo de pensiones para llegar a una jubilación al 100 por ciento.
Será necesario detallar que el dinero se obtendrá de las mismas cuentas de las administradoras de Fondos para el retiro (Afore), pero que se encuentran inactivas, es decir, estáticas de hace años o recursos no reclamados por los familiares.
De acuerdo con las autoridades del IMSS, la reforma de pensiones lo que permite es que en vez de que los recursos de cientos de trabajadores, que no han sido solicitados en varios años, que pasan de las Afores al Instituto Mexicano del Seguro Social, ahora pasen de las Afores al Banco de México.
Para garantizar la imprescriptibilidad del derecho de las y los trabajadores a recibir los recursos de sus Afores, agrega, el Fondo contará con una reserva a fin de garantizar la suficiencia financiera para que se pueda llevar a cabo, en su caso, la devolución de los recursos de los trabajadores, pensionados o beneficiarios.
¿En qué consiste el Fondo de pensiones para el bienestar?
El fondo de pensiones para el bienestar será una bolsa de dinero que administrara el Banco de México (Banxico) y cuyos recursos ayudaran a aumentar las pensiones.
Una parte del fondo se conformará de alrededor de 40,000 millones de pesos de las cuentas Afore inactivas de personas mayores de 70 años que cotizaron en el IMSS.
Si nos has trabajado en los últimos 12 meses, es necesario que acudas a tu delegación del IMSS para iniciar los trámites de pensión.
Si estás trabajando, a pesar de que tengas más de 70 años, el dinero de tu ahorro para el retiro está a salvo y no se va al Fondo.
Además, se garantiza a los trabajadores y en su caso a los beneficiarios, el derecho de acudir ante el IMSS o el ISSSTE, según corresponda, para solicitar la devolución de estos fondos permanentemente, así como para acceder a la pensión a la que tengan derecho de acuerdo con la ley.
En GPF asesoría de negocios queremos que estés bien informado sobre tus derechos por el esfuerzo de todas aquellas actividades económicas a las que te hayas dedicado en tu trayectoria laboral, es por eso que hacemos de tu conocimiento y te proporcionamos más información con la intención de mantenerte actualizado y que estés bien asesorado y/o representando.
Por: Denisse Isela Lopez Beltran.
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