Auditorías de autoridades fiscales (SAT, IMSS, INFONAVIT)
- GPF Asesoría de Negocios

- hace 1 día
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Introducción
Cuando hablamos de contribuciones, especialmente de impuestos, una de las situaciones que puede generar mayor incertidumbre y preocupación para los negocios es la posibilidad de ser objeto de una auditoría por parte de las autoridades fiscales, particularmente del Servicio de Administración Tributaria (SAT). Este artículo versa sobre las acciones formativas, preventivas y correctivas útiles para superar las auditorías de autoridades fiscales, asimismo incluye una clasificación por tipo de auditoría.

La obligación de contribuir para el gasto público, de la Federación, como de los Estados, recae en los particulares, de manera proporcional y equitativa, tal como lo dispone el artículo 31 constitucional. Además, es derecho del particular determinar la cantidad que a su consideración y cálculo debe cubrir por concepto de impuestos, a este derecho a calcular sus impuestos se le conoce como autodeterminación o autoliquidación, no obstante, la autoridad también cuenta con facultad para revisar la autodeterminación realizada por el contribuyente a fin de comprobar el debido cumplimiento de sus obligaciones fiscales, al ejercicio de esta facultad se le denomina coloquialmente como auditoria, aunque técnicamente se trate del ejercicio de una facultad de comprobación con sustento en los supuestos establecidos en el artículo 42 del Código Fiscal de la Federación.
Tratamiento formativo ante auditorías del SAT.
La formación implica capacitación constante de los particulares en su calidad de sujetos directos obligados a contribuir, resulta indispensable conocer sus obligaciones fiscales y mantenerse actualizado para evitar incumplir las obligaciones fiscales y, en consecuencia, ser objeto de una auditoría de parte del SAT que puede derivar en la determinación de un crédito fiscal con actualizaciones, multas y recargos. La relevancia de esta formación es crucial ya que es la base para atender situaciones que impliquen incumplimiento de las obligaciones fiscales. Es muy importante considerar que los particulares pueden tener obligaciones distintas en función de sus características como su nacionalidad, residencia, domicilio fiscal, su actividad económica, tipo de ingreso, monto de ingresos anuales, tipo de persona (moral o p. física), etc.
Tratamiento preventivo de auditorías del SAT.
Una vez identificadas las obligaciones fiscales a que estamos sujetos, debemos considerar acciones para medir el riesgo y otorgar el tratamiento necesario para disminuir el impacto negativo que una auditoría de parte del SAT pudiera ocasionar. Mantén tus registros contables en orden y resguardados, cumple con tus obligaciones de retención y pago de impuestos, realiza revisiones o conciliaciones periódicas que pueden realizarse a través auditorías internas con apoyo de auditores especializados como GPF Asesoría de Negocios, con la finalidad de comprobar el debido cumplimiento de las obligaciones fiscales antes de que la autoridad fiscal realice la auditoría en ejercicio de sus facultades de comprobación.
Tratamiento correctivo de auditorías del SAT.
En este punto, posiblemente nos encontremos ante la contingencia que puede provocar una auditoría por parte del SAT y/o demás autoridades fiscales, siendo crucial una vez que inicia, identificar los datos generales de la revisión, la información del auditor encargado de realizarla, así como el periodo, objeto de revisión y atender urgentemente conforme al cálculo de los plazos que al efecto resulten aplicables. Debemos tomar en cuenta que de existir hechos u omisiones que puedan entrañar un incumplimiento de las obligaciones fiscales, estamos en posibilidad de corregirlos previo a concluir la auditoría evitando un incremento del adeudo, también de considerar que no existe incumplimiento de obligaciones y aun así la autoridad fiscal pretende ilegalmente determinar un incumplimiento de dichas obligaciones, será necesario preparar una adecuada defensa fiscal, para desvirtuar el supuesto incumplimiento ya sea a través del procedimiento administrativo o mediante juicio contencioso administrativo.
Tipos de auditorías fiscales
Aunque el Código Fiscal de la Federación regula diversas facultades de comprobación, en la práctica pueden clasificarse atendiendo a la forma en que la autoridad desarrolla la revisión y al alcance de ésta. Las principales son las siguientes:
1. Revisión de gabinete (o revisión de escritorio)
Es la facultad de comprobación mediante la cual la autoridad solicita al contribuyente que exhiba documentación, información, contabilidad, contratos, estados de cuenta, CFDI y demás elementos relacionados con el cumplimiento de sus obligaciones fiscales, los cuales serán entregados en las oficinas de la autoridad.
La revisión se desarrolla mediante requerimientos por escrito, otorgando plazos para su cumplimiento, y concluye con la emisión del oficio de observaciones que, en caso de no desvirtuarlas, puede derivar en la determinación de un crédito fiscal.
Generalmente este tipo de auditoría se utiliza cuando la autoridad ya cuenta con información suficiente para realizar un análisis documental, el plazo máximo para concluir esta auditoría es de doce meses contados desde la fecha que se notifica el requerimiento de información y documentación.
Características generales
La revisión es eminentemente documental.
El contribuyente conserva la administración de su información.
Permite aportar pruebas y aclaraciones durante el procedimiento.
2. Visita domiciliaria
Es probablemente la auditoría más conocida. En ella los visitadores autorizados acuden directamente al domicilio fiscal del contribuyente para revisar la contabilidad, documentación, inventarios, activos, operaciones y demás elementos relacionados con el cumplimiento de las obligaciones fiscales.
Durante la visita se levantan actas parciales, actas complementarias y un acta final en la que se hacen constar los hechos u omisiones detectados. El plazo máximo para concluir esta auditoría es de doce meses contados desde la fecha que se notifica la orden de visita y el acta de inicio. Al tratarse de un acto de molestia practicado en el domicilio del gobernado, debe cumplir con lo previsto en artículo 16 constitucional, el cual dispone que las formalidades de la visita domiciliaria deben sujetarse a las mismas prescritas para los cateos.
Generalmente esta revisión se utiliza cuando la autoridad requiere verificar físicamente la operación del contribuyente o efectuar una revisión integral.
Características generales
Se desahoga en el domicilio del contribuyente.
Se revisa información documental y material.
Se levantan actas durante toda la visita.
3. Revisión electrónica
Es una modalidad relativamente novedosa, basada en el uso de la información electrónica que ya obra en poder de la autoridad.
La revisión se sustenta principalmente en declaraciones, CFDI’s emitidos y recibidos, contabilidad electrónica, información bancaria, información proporcionada por terceros, así como en el cruce de información contenida en base de datos institucionales como IMSS e INFONAVIT.
Todo el procedimiento se desarrolla mediante el Buzón Tributario, sin visitas físicas ni requerimientos presenciales. Generalmente es el procedimiento más ágil de todos, el plazo para concluir esta auditoría es de seis meses contados a partir de la notificación del inicio.
Características generales
Totalmente digital (Las notificaciones se realizan por Buzón Tributario).
Inicia con la notificación de una preliquidación de crédito fiscal.
Utiliza información disponible para la autoridad.
¿Cuál es la auditoría más compleja?
Desde el punto de vista práctico, la visita domiciliaria suele ser la facultad de comprobación de mayor alcance, ya que permite a la autoridad revisar directamente las operaciones del contribuyente, inspeccionar bienes, verificar inventarios, obtener documentación y levantar actas durante el desarrollo de la diligencia.
Por el contrario, las revisiones de gabinete y electrónicas se concentran principalmente en el análisis documental y de la información que ya obra en poder de la propia autoridad.
¿Su empresa está preparada para una auditoría fiscal?
En GPF Asesoría de Negocios creemos que la mejor defensa siempre comienza con la formación y prevención. Un diagnóstico oportuno permite identificar áreas de riesgo, corregir incumplimientos antes de que sean detectados por la autoridad y brindar tranquilidad a quienes toman decisiones dentro de la empresa.
Recibió un requerimiento del SAT, del IMSS, del INFONAVIT o de cualquier autoridad fiscal, o simplemente desea verificar que su empresa cumple adecuadamente con sus obligaciones fiscales, nuestro equipo está preparado para acompañarle en cada etapa del procedimiento.
Si desea evaluar el nivel de cumplimiento fiscal de su empresa o requiere apoyo ante una auditoría en curso, será un gusto conocer su caso y ayudarle a construir la mejor defensa para proteger su patrimonio y brindar certeza a sus operaciones.
"En materia fiscal, la mejor defensa comienza mucho antes de la primera notificación de la autoridad."
Autor: Lic. Luis Alberto Garcia Medina





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