Nuevo Estímulo fiscal 2025
- GPF Asesoría de Negocios
- 14 mar
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Condonación del 100% en multas, recargos y gastos de ejecución de adeudos fiscales.
Conozca cómo el nuevo estímulo fiscal del trigésimo cuarto transitorio de la Ley de Ingresos 2025 puede beneficiar a los contribuyentes. Esta colaboración analiza las condiciones, beneficios y procedimiento para acceder a dicho estímulo fiscal, el cual, aunque es nuevo ha adquirido gran popularidad gracias a los nobles beneficios que ofrece esta herramienta para regularizar su situación fiscal. En materia fiscal debemos estar siempre atentos, actualizados y asesorados por profesionales para poder acceder a los mejores beneficios.

Estímulo fiscal ¿Qué es?
Un estímulo fiscal, básicamente consiste en las maneras en que se pueden exentar, condonar o en otras palabras reducir o eliminar la deuda de los impuestos y/o sus accesorios, siempre que se cumplan con los requisitos para ello, aunque es notable que el término “condonación” no se utiliza en el artículo transitorio trigésimo cuarto de la Ley de Ingresos de la Federación 2025, evidentemente es una condonación.
¿Quiénes pueden aplicar al estímulo fiscal del trigésimo cuarto transitorio de la LIF 2025?
Todas las personas físicas y morales, cuyos ingresos totales en el ejercicio fiscal de que se trate, para los efectos de la Ley de Impuesto sobre la Renta, no hayan excedido de treinta y cinco millones de pesos.
¿Cuándo solicitar el estímulo fiscal?
El contribuyente que pretenda beneficiarse de este estímulo deberá presentar su solicitud correspondiente a partir del 1 de enero de 2025 y a más tardar el 30 de septiembre de 2025.
¿Cuánto tiempo se tarda el SAT en emitir la respuesta a la solicitud del estímulo fiscal?
Dentro de los 30 días naturales siguientes a la fecha en que se presente la solicitud, en caso de aceptarse la solicitud se emitirá el formulario de pago correspondiente (Formato de pago de Contribuciones Federales, conocido como línea de captura).
En caso de autorizarse el estímulo fiscal, ¿Cuándo debe realizarse el pago del adeudo fiscal?
Dentro de los 30 días naturales siguientes a la fecha en que se ponga a su disposición el formato de pago correspondiente (FCF), sin que pueda exceder del 31 de diciembre de 2025.
¿Cuáles son los beneficios?
Eliminación de multas: Se te perdonará el 100% de multas, recargos y gastos de ejecución relacionados con tu deuda fiscal.
Facilidad de pago: Si tienes un acuerdo de pago a plazos, puedes liquidar tu deuda de una sola vez y obtener el beneficio de eliminar multas, recargos y gastos de ejecución.
Suspensión: Mientras tramitas este estímulo se suspenderá cualquier procedimiento de ejecución.
El estímulo fiscal no se considera ingreso acumulable para los efectos de la Ley de Impuesto Sobre la Renta.
En el caso de créditos fiscales firmes con embargo precautorio de bienes, al realizar el pago conforme al formulario correspondiente, se levantará el embargo y se procederá a la entrega de los bienes embargados.
Entendiendo el estímulo fiscal -ejemplo práctico-
Supongamos que eres dueño de una pequeña empresa y debes contribuciones o cuotas compensatorias del ejercicio fiscal 2023 o anteriores por cantidad total $629,649.00 (Nos referimos a una empresa relativamente pequeña, es decir cuyos ingresos totales en el ejercicio fiscal de que se trate, para los efectos de la Ley de Impuesto sobre la Renta, no hayan excedido de treinta y cinco millones de pesos). Como consecuencia de no haber pagado en tiempo las contribuciones o cuotas compensatorias, el adeudo fiscal generó multas, recargos y gastos de ejecución que incrementaron la deuda fiscal en cantidad total de $1,166,385.08, si cumples con todos los requisitos del estímulo fiscal, podrás pagar solo el monto original en este ejemplo la cantidad de $629,649.00, por tus contribuciones o cuotas compensatorias y hacienda te perdonará todas la multas, recargos y gastos de ejecución.
¿Cuáles son los requisitos principales?
Deuda fiscal: Debe existir una deuda fiscal pendiente de pago.
Ingreso máximo: Tus ingresos anuales acumulables no deben superar los 35 millones de pesos.
Pago a tiempo: Debes pagar la deuda fiscal en una sola exhibición antes de la fecha límite.
No debes haber recibido las condonaciones generalizadas del año 2000, 2007 y 2013.
No tener sentencia condenatoria firme por delito fiscal.
No estar en los listados del artículo 69-B o 69-B BIS del Código Fiscal de la Federación.
Cumplimiento a requisitos adicionales: Dependiendo de tu situación particular (si estas siendo auditado, tienes un acuerdo de pago a plazos, etc.), pueden existir requisitos adicionales que debas cumplir.
Requisitos particulares según cada caso:
Los requisitos particulares varían dependiendo cada situación particular. A continuación, se detalla los requisitos más comunes:
Si tienes contribuciones omitidas: Debes prestar las declaraciones correspondientes y manifestar las contribuciones omitidas, realizando el pago en una sola exhibición hasta antes del 31 de diciembre de 2025.
Si estas siendo auditado: Debes subsanar las irregularidades detectadas y autocorregirte dentro del plazo establecido por el procedimiento correspondiente, sin exceder del 31 de diciembre de 2025.
Si tienes un acuerdo de pago a plazos: Debes pagar en una sola exhibición el saldo pendiente de las contribuciones omitidas antes del 31 de diciembre de 2025.
Si tienes créditos fiscales firmes: Estos créditos no deben haber sido impugnados, o en caso de haber sido impugnados, debes desistir del medio de defensa interpuesto y anexar a tu solicitud el acuse correspondiente.
Requisitos adicionales
Solicitud: Debes presentar una solicitud ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT) a más tardar el 30 de septiembre de 2025.
Formulario de pago: El SAT emitirá un formulario de pago que deberás cubrir dentro de los plazos establecidos.
El pago del crédito fiscal no podrá realizarse en especie o mediante compensación
¿Qué debes tomar en cuenta?
Consulta a un experto: Es fundamental que consultes a un asesor fiscal, para que te oriente de manera personalizada y te asegures de cumplir con todos los requisitos.
Fecha límite: No olvides que hay fechas límite para presentar solicitudes y realizar pagos, por lo que debes estar atento a los plazos establecidos.
En resumen
Para acceder a los beneficios de este estímulo fiscal, debes cumplir con los requisitos generales y específicos establecidos, presentar la solicitud correspondiente y realizar los pagos dentro de los plazos indicados. Al cumplir con todos los requisitos, podrás beneficiarte del perdón de multas y recargos, regularizando así tu situación fiscal.
En el Anexo 1-A de RMF (Resolución Miscelánea Fiscal) para el ejercicio fiscal 2025, se encuentra la ficha de trámite “10/LIF Solicitud para aplicar el estímulo fiscal del Trigésimo Cuarto Transitorio de la LIF” la cual detalla en resumen la información necesaria para realizar el trámite, como siempre, te invitamos a que te asesores con nosotros, ya que contamos con la experiencia necesaria para apoyarte con éste y otros trámites, auxiliándote en la solicitud de los descuentos de multas y recargos acompañándote de la mano durante la aplicación del trámite.
Por: Lic. Luis Medina.