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¿SABÍAS QUÉ?

Por: Jesús Meza



Con la entrada en vigor del Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones en materia de Subcontratación Laboral también se generaron cambios en la LEY FEDERAL PARA LA PREVENCIÓN E IDENTIFICACIÓN DE OPERACIONES CON RECURSOS DE PROCEDENCIA ILÍCITA veamos por qué:


Con fecha 24 de mayo de 2021 se publicó en el Diario Oficial de la Federación la RESOLUCIÓN por la que se modifica el formato oficial de los avisos e informes que deben presentar quienes realicen actividades vulnerables en términos de la fracción XI (servicios profesionales) del artículo 17 de la LFPIORPI (Anexo 11), entre ellos, los outsourcing o servicios especializados.

Los cambios que se presentan en el formato son los siguientes:

· Se adicionan campos para obtener información específica sobre los actos u operaciones que lleven a cabo los prestadores de servicios de Outsourcing (ahora servicios especializados), como el número de empleados utilizados y el área en la que prestan el servicio.

· Se adicionan campos que identifiquen al apoderado legal de una persona física que actúe como Cliente o Usuario de quien realiza la Actividad Vulnerable en términos de la fracción XI del artículo 17 de la LFPIORPI, tales como: nombre completo, RFC, CURP o fecha de nacimiento.

· Se adicionan los campos relativos a la sección Datos de la Operación Financiera, misma que será aplicable para todos los actos u operaciones realizados en términos de la citada fracción XI, incluyendo el tipo de activo virtual y la cantidad de activos virtuales utilizados si fuera el caso.

La resolución entrará en vigor el día 1 de septiembre de 2021, por lo cual a partir de esa fecha tendrá que ser utilizado el nuevo formato para la presentación de los avisos.

Los modificatorios de los Avisos enviados hasta el 31 de agosto de 2021, se podrán presentar utilizando el actual Anexo 11 que estará vigente hasta el 31 de agosto de 2021, únicamente durante el plazo de los 30 días que cuentan para presentar dichos modificatorios.

A partir del 1 de octubre de 2021 dejará de funcionar definitivamente el actual Anexo 11.

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