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¿Qué es la Carta Porte?

Toda la relacionada a los bienes o mercancías, ubicaciones de origen, puntos intermedios y destinos, así como lo referente al medio por el que se transportan; ya sea por vía terrestre, aérea, marítima o fluvial; y en su caso, incorporar la información para el traslado de hidrocarburos y petrolíferos.

Por: Valeria Salazar Armenta.


Cuando traslades mercancías, debes generar previamente el CFDI con el complemento Carta Porte, así podrás acreditar su legal estancia y/o tenencia de las mismas durante el traslado, acompañándolas con el archivo digital o la representación impresa. La información que debes registrar en el complemento Carta Porte dependerá de los sujetos que intervengan en la operación, el medio de transporte y el tipo de CFDI (Ingreso o Traslado).

Beneficios:
· Identificar a detalle las mercancías para tener la certeza de qué se transporta y las rutas que sigue.
· Conocer el origen y destino de las mercancías, para los casos de verificación aleatorios que permitan anticiparse a los riesgos o amenazas en el traslado.
· Brindar información para establecer estrategias que garanticen la seguridad de tránsito en las distintas rutas.
· Contar con elementos que permitan verificar las operaciones realizadas por las personas que participan en el traslado de mercancías.
· Proporcionar elementos a las dependencias públicas responsables de la vigilancia y control de las vías de paso para verificar las mercancías y acreditar su legal estancia y/o tenencia durante su traslado.
· Fortalecer el comercio formal, combatir la informalidad y el contrabando.

¿Qué es un CFDI de tipo Traslado?
Es un documento fiscal digital que se emite para amparar el traslado de mercancías en territorio nacional ya sea por vía de autotransporte, vía marítima, vía aérea o vía ferroviaria al cual se le incorpora el complemento Carta Porte.

¿Qué es un CFDI de tipo Ingreso?
Es un documento fiscal digital que se emite por la prestación de servicios de transportación de bienes o mercancías vía de autotransporte, vía marítima, vía aérea o ferroviaria, y tiene como objetivo manifestar la obtención del ingreso, al cual se le incorpora el complemento Carta Porte.
Tras lo anterior, procederemos a desarrollar el tema más a fondo acerca de los diferentes medios de transporte que estipula el SAT; como parámetros para los comerciantes que se dedican a la transportación de bienes y productos y que, según sea método de envío de dichas mercancías, deben de portar la CARTA PORTE. De igual manera se explica a grandes rasgos, los beneficios de cada de estas modalidades de traslado.

Tipos de transporte:
· AUTOTRANSPORTE.
· MARÍTIMO.
· AÉREO.
· FERROVIARIO.

AUTOTRANSPORTE
· Acreditarla legal estancia y/o tenencia de los bienes o mercancías durante el traslado en territorio nacional, así como identificar el origen y destino de las mismas.

· Al emitir un CFDI de Ingreso, permite identificar los montos de la retención de IVA que se efectúan por concepto de servicios de autotransporte.

· Informar respecto a las mercancías, orígenes, puntos medios, destinos, la propietaria o propietario, arrendatarias o arrendatarios y operadoras u operadores que intervienen en el traslado de mercancías.

· Fortalecer el comercio formal, combatir la informalidad y el contrabando.

¿Quiénes deben emitir el CFDI con complemento Carta Porte?
Si te dedicas al traslado de bienes o mercancías, emite un CFDI de tipo Ingreso con complemento Carta Porte y ampara el cobro por el servicio que estás prestando, así como el traslado en territorio nacional. Por ejemplo, si te contratan para transportar un lote de cinturones desde Sinaloa a la CDMX en un camión de carga, deberás emitir una factura electrónica de Ingreso con complemento Carta Porte. Si te contratan para transportar mercancía de un lugar a otro dentro de la misma ciudad y los vehículos en los que realizas el traslado exceden los pesos y dimensiones de un camión tipo C2, debes emitir una factura de ingreso con complemento Carta Porte. Si eres propietario, poseedor o tenedor de los bienes o mercancías y el traslado se realiza con medios propios, emite una factura de traslado con complemento Carta Porte y ampara el traslado por territorio nacional. Por ejemplo, si transportas tu lote de cinturones con tu propio camión de carga de Sinaloa a la CDMX, deberás emitir una factura electrónica de Traslado con complemento Carta Porte. Si eres el propietario de los bienes o mercancías y necesitas trasladarlas con tus propios medios de un lugar a otro, dentro de la misma ciudad y los vehículos en los que realizas el traslado exceden los pesos y dimensiones de un camión tipo C2, debes emitir un CFDI de traslado con complemento Carta Porte.
¿Cómo se debe emitir el CFDI de tipo Ingreso con complemento Carta Porte?
Los pasos se deben realizar de la siguiente manera:
1. Si te dedicas a la prestación de servicios de traslado de bienes o mercancías, debes estar dado de alta en el RFC y contar con el permiso correspondiente otorgado por la SICT.

2. El cliente te contratará para realizar el traslado de los bienes o mercancías.

3. Debes solicitar al cliente que te proporcione la información relacionada al traslado de los bienes o mercancías.

4. Realiza la captura en el CFDI, de los servicios de transportación que prestarás y en el complemento Carta Porte, informa los bienes o mercancías a transportar, ubicaciones de origen, puntos intermedios y destinos, propietarias o propietarios, arrendatarias o arrendatarios y operadoras u operadores, así como los datos del autotransporte.

5. Realiza el traslado de bienes o mercancías, con el complemento Carta Porte acreditarás la legal tenencia mediante su representación impresa o el archivo digital correspondiente.

6. La autoridad responsable realiza verificación aleatoria en punto de control.

7. Entrega los bienes o mercancías en el destino acordado y finaliza el servicio.


¿Cómo se debe emitir el CFDI de tipo Traslado con complemento Carta Porte?
Los pasos se deben realizar de la siguiente manera:
1. El propietario, poseedor o tenedor de los bienes o mercancías, requieren trasladar bienes o mercancías.

2. Emite un CFDI de tipo Traslado con complemento Carta Porte, informa los bienes o mercancías a transportar, ubicaciones de origen, puntos intermedios y destinos, propietarias o propietarios, arrendatarias o arrendatarios y operadoras u operadores, así como los datos del autotransporte.

3. Realiza el transporte de los bienes o mercancías por sus propios medios.

4. La autoridad responsable realiza verificación aleatoria en punto de control.

5. Llega al, o los destinos indicados y finaliza el traslado.

Recuerda que, si la factura electrónica que emites a tus clientes por servicios de transportación no contiene el complemento Carta Porte, no la podrán usar para amparar deducciones.

MARCO LEGAL
Código Fiscal de la Federación - Artículos 29, 29-A, 83, 84, 103, 104, 105 y 106.
Ley del IVA - Artículos 1-A, 3 y 16.
Ley Aduanera - Artículo 146.
Ley de Vías Generales de Comunicación – Artículo 66.
Ley de Caminos, Puentes Y Autotransporte Federal – Artículo 2.
Reglamento de la Ley del IVA – Artículos 3, y 4.
Reglamento de Autotransporte Federal y Servicios Auxiliares – Artículo 74.
Reglamento Sobre El Peso, Dimensiones y Capacidad de Los Vehículos de Autotransporte que Transitan En Los Caminos y Puentes de Jurisdicción Federal – Artículo 10.
Acuerdo por el que se actualiza la Carta Porte en Autotransporte federal y sus servicios auxiliares – Artículos 1° al 5°, transitorios y anexo único.
Regla 2.7.1.8. de la RMF para 2023 - Complementos para incorporar información fiscal en los CFDI.
Regla 2.7.1.23. de la RMF para 2023 – Clave en el RFC genérica en CFDI y con residentes en el extranjero.
Entre otros.

MARÍTIMO
· Asegurar que la mercancía que se transporta sea la correcta.
· Fortalecer el comercio formal, combatir la informalidad y el contrabando.

¿Quiénes deben emitir el CFDI con complemento Carta Porte?
Si te dedicas al traslado de bienes o mercancías, emite un CFDI de tipo Ingreso con complemento Carta Porte y ampara el cobro por el servicio que estás prestando, así como el traslado vía marítima. Si eres propietario, poseedor o tenedor de los bienes o mercancías y el traslado se realiza con medios propios, emite una factura de traslado con complemento Carta Porte y ampara el traslado vía marítima.

¿Cómo se debe emitir el CFDI de tipo Ingreso con complemento Carta Porte?
Los pasos se deben realizar de la siguiente manera:
1. Si te dedicas a la prestación de servicios de traslado de bienes o mercancías vía marítima, debes estar dado de alta en el RFC y contar con el permiso correspondiente otorgado por la SICT o la Secretaría de Marina.

2. El cliente te contratará para realizar el traslado de los bienes o mercancías.

3. Debes solicitar al cliente que te proporcione la información relacionada al traslado de los bienes o mercancías.

4. Realiza la captura en el CFDI, de los servicios de transportación que prestarás y en el complemento Carta Porte, informa los bienes o mercancías a transportar, los orígenes, puntos intermedios y destinos, las personas a quienes se le notifica de la llegada, propietarias o propietarios, arrendatarias o arrendatarios, el puerto, la identificación de la embarcación y el contenedor.
5. Realiza el traslado de bienes o mercancías, con el complemento Carta Porte acreditarás la legal estancia y/o tenencia mediante su representación impresa o el archivo digital.

6. La autoridad responsable realiza verificación aleatoria en punto de control.
7. Entrega los bienes o mercancías en el puerto acordado y finaliza el servicio.

¿Cómo se debe emitir el CFDI de tipo Traslado con complemento Carta Porte?
Los pasos se deben realizar de la siguiente manera:
1. El propietario, poseedor o tenedor de los bienes o mercancías, requieren trasladar bienes o mercancías.

2. Emite un CFDI de tipo Traslado con complemento Carta Porte, informa los bienes o mercancías a transportar, los orígenes, puntos intermedios y destinos, las personas a quienes se le notifica de la llegada, propietarias o propietarios, arrendatarias o arrendatarios, el puerto, la identificación de la embarcación y el contenedor.
3. Realiza el transporte de los bienes o mercancías por sus propios medios.

4. La autoridad responsable realiza verificación aleatoria en punto de control.

5. Llega al o a los puertos indicados y finaliza el traslado.

Recuerda que, si la factura electrónica que emites a tus clientes por servicios de transportación no contiene el complemento Carta Porte, no la podrán usar para amparar deducciones.

MARCO LEGAL:
Código Fiscal de la Federación - Artículos 29, 29-A, 83, 84, 103, 104, 105 y 106.
Ley del IVA – Artículo 16.
Ley Aduanera – Artículo 146.
Ley de Vías Generales de Comunicación – Artículo 66.
Ley de Navegación y Comercio Marítimos – Artículos 111, 114, 121, y 129.
Regla 2.7.1.8. de la RMF para 2023 - Complementos para incorporar información fiscal en los CFDI.
Regla 2.7.1.23 de la RMF para 2023 – Clave en el RFC genérica en CFDI y con residentes en el extranjero.
Sección 2.7.7. - De la expedición de CFDI con complemento Carta Porte
Entre otras.

AÉREO
· Obtener información de manera oportuna que permita conocer las operaciones realizadas por concepto del traslado de mercancías.
· Identificar a los usuarios y prestadores de servicios de transporte aéreo.
· Fortalecer el comercio formal, combatir la informalidad y el contrabando.

¿Quiénes deben emitir el CFDI con complemento Carta Porte?
Si te dedicas al traslado de bienes o mercancías, emite un CFDI de tipo Ingreso con complemento Carta Porte y ampara el cobro por el servicio que estás prestando, así como el traslado vía aérea. Por ejemplo, si te contratan para transportar un lote de zapatos desde Oaxaca a Baja California, vía aérea, deberás emitir una factura electrónica de Ingreso con complemento Carta Porte. Si eres propietario, poseedor o tenedor de los bienes o mercancías y el traslado se realiza con medios propios, emite una factura de traslado con complemento Carta Porte y ampara el traslado vía aérea. Por ejemplo, si transportas tu lote de zapatos con tus propios medios de Oaxaca a Baja California, vía aérea, deberás emitir una factura electrónica de Traslado con complemento Carta Porte.

¿Cómo se debe emitir el CFDI de tipo Ingreso con complemento Carta Porte?
Los pasos se deben realizar de la siguiente manera:
Si te dedicas a la prestación de servicios de traslado de bienes o mercancías vía aérea, debes estar dado de alta en el RFC y contar con el permiso correspondiente otorgado por la SICT.
1. El cliente te contratará para realizar el traslado de los bienes o mercancías.

2. Debes solicitar al cliente que te proporcione la información relacionada al traslado de los bienes o mercancías.

3. Realiza la captura en el CFDI, de los servicios de transportación que prestarás y en el complemento Carta Porte, informa los bienes o mercancías a transportar, los orígenes, puntos intermedios y destinos, propietarias o propietarios, arrendatarias o arrendatarios, código del transportista, identificación de la aeronave y la estación aérea.

4. Realiza el traslado de bienes o mercancías, con el complemento Carta Porte acreditarás la legal estancia y/o tenencia mediante su representación impresa o el archivo digital.

5. La autoridad responsable realiza verificación aleatoria en punto de control.

6. Entrega los bienes o mercancías en la estación aérea acordada y finaliza el servicio.

¿Cómo se debe emitir el CFDI de tipo Traslado con complemento carta porte?
Los pasos se deben realizar de la siguiente manera:
1. El propietario, poseedor o tenedor de los bienes o mercancías, requieren trasladar bienes o mercancías.

2. Emite un CFDI de tipo Traslado con complemento Carta Porte, informa los bienes o mercancías a transportar, orígenes, puntos medios, destinos, la propietaria o propietario, arrendatarias o arrendatarios, código del transportista, identificación de la aeronave o estación aérea.

3. Realiza el transporte de los bienes o mercancías por sus propios medios.

4. La autoridad responsable realiza verificación aleatoria en punto de control.

5. Llega al o a las estaciones aéreas indicadas y finaliza el traslado.

Recuerda que, si la factura electrónica que emites a tus clientes por servicios de transportación no contiene el complemento Carta Porte, no la podrán usar para amparar deducciones.

MARCO LEGAL:
Código Fiscal de la Federación - Artículos 29, 29-A, 83, 84, 103, 104, 105 y 106.
Ley del IVA – Artículo 16.
Ley Aduanera – Artículo 146.
Ley de Vías Generales de Comunicación – Artículo 66.
Ley de Aviación Civil – Artículo 55.
Reglamento de la Ley de Aviación Civil – Artículo 36.
Regla 2.7.1.8. de la RMF para 2023 – Complementos para incorporar información fiscal en los CFDI.
Regla 2.7.1.23 de la RMF para 2023 – Clave en el RFC genérica en CFDI y con residentes en el extranjero.
Sección 2.7.7. - De la expedición de CFDI con complemento Carta Porte
Entre otras.

FERROVIARIO
· Conocer las distancias recorridas, sobretasas y la frecuencia con la que se utilizan las vías de comunicación para establecer planes de mantenimiento o renovación.
· Fortalecer el comercio formal, combatir la informalidad y el contrabando.

¿Quiénes deben emitir el CFDI con complemento Carta Porte?
Si te dedicas al traslado de bienes o mercancías, emite un CFDI de tipo Ingreso con complemento Carta Porte y ampara el cobro por el servicio que estás prestando, así como el traslado por la red ferroviaria. Por ejemplo, si te contratan para transportar un lote de zapatos desde Colima a Chihuahua, por la red ferroviaria, deberás emitir una factura electrónica de Ingreso con complemento Carta Porte. Si eres propietario, poseedor o tenedor de los bienes o mercancías y el traslado se realiza con medios propios, emite una factura de traslado con complemento Carta Porte y ampara el traslado por la red ferroviaria. Por ejemplo, si transportas tu lote de zapatos con tus propios medios de Colima a Chihuahua, por la red ferroviaria, deberás emitir una factura electrónica de Traslado con complemento Carta Porte.

¿Cómo se debe emitir el CFDI de tipo Ingreso con complemento Carta Porte?
Los pasos se deben realizar de la siguiente manera:
1. Si te dedicas a la prestación de servicios de traslado de bienes o mercancías vía férrea, debes estar dado de alta en el RFC.

2. El cliente te contratará para realizar el traslado de los bienes o mercancías.

3. Debes solicitar al cliente que te proporcione la información relacionada al traslado de los bienes o mercancías.

4. Realiza la captura en el CFDI, de los servicios de transportación que prestarás y en el complemento Carta Porte, informa los bienes o mercancías a transportar, los orígenes, puntos intermedios y destinos, propietarias o propietarios, arrendatarias o arrendatarios, derechos, el o los carros, así como el contenedor o el vagón.

5. Realiza el traslado de bienes o mercancías, con el complemento Carta Porte acreditarás la legal estancia y/o tenencia mediante su representación impresa o el archivo digital.

5. La autoridad responsable realiza verificación aleatoria en punto de control.

7. Entrega los bienes o mercancías en la estación acordada y finaliza el servicio.


¿Cómo se debe emitir el CFDI de tipo Traslado con complemento Carta Porte?
Los pasos se deben realizar de la siguiente manera:
1. El propietario, poseedor o tenedor de los bienes o mercancías, requieren trasladar bienes o mercancías.

2. Emite un CFDI de tipo Traslado con complemento Carta Porte, informa los bienes o mercancías a transportar, los orígenes, puntos intermedios y destinos, propietarias o propietarios, arrendatarias o arrendatarios, derechos, el o los carros, así como el contenedor o el vagón.

3. Realiza el transporte de los bienes o mercancías por sus propios medios.

4. La autoridad responsable realiza verificación aleatoria en punto de control.

5. Llega al o a las estaciones indicadas y finaliza el traslado.

Recuerda que, si la factura electrónica que emites a tus clientes por servicios de transportación no contiene el complemento Carta Porte, no la podrán usar para amparar deducciones.

MARCO LEGAL:
Código Fiscal de la Federación - Artículos 29, 29-A, 83, 84, 103, 104, 105 y 106.
Ley del IVA – Artículo 16.
Ley Aduanera – Artículo 146.
Ley de Vías Generales de Comunicación – Artículo 66.
Regla 2.7.1.8. de la RMF para 2023 – Complementos para incorporar información fiscal en los CFDI.
Regla 2.7.1.23 de la RMF para 2023 – Clave en el RFC genérica en CFDI y con residentes en el extranjero.
Sección 2.7.7. - De la expedición de CFDI con complemento Carta Porte.
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