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“Lineamientos técnicos de seguridad sanitaria en el entorno laboral”

ESTIMADO CLIENTE:


Con la finalidad de mantenerlo informado, hacemos de su conocimiento que el pasado 18 de mayo de 2020, el Gobierno de México, a través de la página de internet http://nuevanormalidad.gob.mx/ publicó los “Lineamientos técnicos de seguridad sanitaria en el entorno laboral”, esto como documento o guía a seguir para lograr una reapertura exitosa, escalonada y responsable de las actividades laborales, todo esto dentro del marco del proceso de reapertura de las actividades sociales, educativas y económicas, dado a conocer por la Secretaría de Salud el día 14 de mayo de 2020.

LINEAMIENTOS TÉCNICOS DE SEGURIDAD SANITARIA EN EL ENTORNO LABORAL.

Estos Lineamientos contienen principios y estrategias sobre las medidas de promoción y protección de la salud y para el cuidado de poblaciones vulnerables, mismos que deben considerarse para la elaboración de Protocolos de Seguridad Sanitaría al interior de cada empresa. Considerándose necesarios para la reapertura de las actividades, la cual deberá realizarse de una manera gradual, ordenada y cauta de las actividades laborales.


Dichos Lineamientos deben ser considerados de obligada aplicación en las acciones y planes para el inicio de las actividades consideradas como esenciales de la industria de la construcción, la minería y la referente a la fabricación de equipo de transporte. De igual forma, serán el referente del resto de las actividades esenciales, resaltando que las empresas que se encuentran operando deberán utilizar estos lineamientos para fortalecer su funcionamiento en torno a la prevención de la infección por SARS-CoV-2.

AUTO EVALUACIÓN DEL PROTOCOLO DE SEGURIDAD SANITARÍA.


A la par de estos lineamientos, y a partir precisamente del pasado 18 de mayo de 2020, las empresas e industrias responderán el documento denominado “Autoevaluación del Protocolo de Seguridad Sanitaría”, que sintetiza dicho protocolo y que necesariamente bajo el acuerdo de buena voluntad debe basarse y tener su respaldo en el mismo, pudiendo inscribirse o llenar la auto evaluación en la plataforma ubicada en la dirección de Internet: www.gob.mx/nuevanormalidad debiendo responderse los datos generales de identificación que dicha plataforma contiene y cumplimentar la Carta-Compromiso ya incorporada en la plataforma.

Una vez respondida y enviada la autoevaluación, El IMSS emitirá un acuse de recibo vía electrónica y un resultado en un plazo no mayor a 72 horas. Las empresas recibirán notificación del IMSS vía correo electrónico sobre la aprobación, solicitud de ampliación de la información o denegación del protocolo de seguridad sanitaria a los efectos de poder iniciar o no, las actividades esenciales consideradas.

De existir una ampliación, esta podrá recaer en diferentes aspectos o la totalidad del Protocolo de Seguridad Sanitaria. En el supuesto de denegación de la autorización, las empresas podrán reiniciar el proceso aportando para su análisis el Protocolo de Seguridad Sanitaria.

Resaltando por una parte que en ningún momento las empresas podrán reiniciar actividades sin haber recibido la aprobación del IMSS, y por otra que el IMSS asesorará y acompañará a las empresas y organizaciones en la aplicación de los presentes Lineamientos de Seguridad Sanitaria en el Entorno Laboral.

Dejando a continuación el diagrama de los anteriores Lineamientos y que ilustra claramente los pasos a seguir para obtener el acuse de aprobación de apertura.

En el mismo sentido, y a manera de Anexo, se detallan los “Lineamientos técnicos de seguridad sanitaria en el entorno laboral”, esto como parte de la estrategia para reapertura de actividades sociales, educativas y económicas, en un retorno a dichas actividades en lo que llaman “una nueva normalidad”.

Es importante señalar, tal como lo estipulan los mismos lineamientos, que la reapertura económica no implica que la epidemia esté superada, por tal razón, las autoridades en la materia, determinarán semanalmente el nivel estatal de alerta para que la autoridad sanitaria local tome las decisiones pertinentes en el ámbito socio-económico. La forma en que empresas y personas trabajadoras atiendan las recomendaciones sanitarias será determinante para mantener un nivel de alerta que permita una mayor actividad socio-económica.

Hacen hincapié que en la llamada Nueva Normalidad se deben atender el proceso que consta de tres etapas del cual se hace mención en el Acuerdo de fecha 14 de mayo de 2020, detallándolo tanto en los lineamientos como en el siguiente Diagrama:

Describiendo a su vez, en el Sistema de Alerta Sanitaria, mismo que se pone en marcha el primero de junio y que consta de cuatro niveles de alerta, los cuales serán medidos a través del análisis de las características del comportamiento y consecuencias de la circulación del virus SARS-CoV-2 a nivel estatal. Describiéndolos en el diagrama siguiente:

Se reitera que estos lineamientos buscan orientar a los centros de trabajo que iniciarán actividades en el marco de la estrategia de la llamada “Nueva Normalidad”, que busca hacer propicia una reapertura gradual, ordenada, cauta y segura, así como la búsqueda de una nueva cultura laboral en materia sanitaria y de protección de las personas trabajadoras, con énfasis en aquellas que presentan características de mayor vulnerabilidad para presentar casos graves de COVID-19.

Resaltando que la Promoción de la salud Implica la orientación, capacitación y organización de las personas trabajadoras para prevenir y controlar la propagación del coronavirus causante de COVID-19 en sus hogares y de manera muy importante en eventos sociales y durante los trayectos en el transporte público y privado que provea la empresa, estipulando para ello las medidas que cada empresa debe tener en cuenta en un apartado especial, entre ellas, las Medidas de Protección en Salud (Seguridad e Higiene en el Trabajo) en las cuales hace mención especial a la “Sana distancia” en sus dos vertientes que son, el primero y ante la presencia de síntomas de enfermedad respiratoria el ya conocido ¡Quédate en casa! Y segundo la modificación de hábitos para favorecer una distancia mínima de 1.5 metros entre las personas que no usan equipo de protección personal (EPP) y la disminución de la frecuencia y el encuentro entre el mismo personal entre otras medidas a tomar tanto en el ingreso como el egreso a los centros de trabajo, como establecer filtros de acceso, el lavado constante de manos, proveer dispensadores con soluciones a base de alcohol gel al 70% a libre disposición del personal en distintos puntos del centro de trabajo utilización de cubrebocas, lentes protectores y/o caretas, entre otros lineamientos con la finalidad de prevenir de contagios en la empresa.

De igual forma, remite a la elaboración de un Plan para el Retorno al trabajo ante el COVID-19, donde detalla la secuencia de acciones que los centros de trabajo deberán implementar para el regreso a las actividades, reduciendo el riesgo de contagio de COVID-19 y las afectaciones que la epidemia pudiera causar. Así como las tareas de informar y capacitar constantemente al personal en todas las medidas para evitar el contagio tanto en la empresa como en las áreas con las que cuente, debiendo en dicho Plan, designar la persona encargada para vigilar y supervisar que todas las acciones y/o medidas se lleven a cabo. Describiendo los pasos para establecer dicho Plan o protocolo de Seguridad Sanitaria.

Casi, por último, y no menos importantes, se deben de tomar en cuenta las Medidas de Protección para la Población Vulnerable en Centros de Trabajo ubicados en Regiones designadas de Alerta Alta y Media, describiendo que las poblaciones en situación de vulnerabilidad son aquellas que debido a determinadas condiciones o características de salud son más propensas a desarrollar una complicación o la muerte por COVID-19. Por ejemplo: personas en estado de embarazo, con obesidad, personas adultas de mayores de 60 años, personas que viven con diabetes e hipertensión descontroladas, VIH, cáncer o con discapacidades. Se recomienda que antes del regreso o dentro del primer mes de haber regresado al trabajo se les otorguen las facilidades para acudir a consulta con su médico familiar o médico de empresa para evaluar su control y tratamiento.

Finalmente, establece las listas de comprobación de medidas que sintetizan el Protocolo de Seguridad Sanitaria elaborado por las Empresas e industrias para un retorno seguro al trabajo. –que son como ya se indicó, una herramienta que ayuda a los centros de trabajo a evaluar el grado de avance los mismos y de sus acciones

Quedando una vez más a su disposición, de requerir más información al respecto, o bien de requerir los acompañemos en el proceso de llenado de cuestionario y demás pasos a seguir.

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