Avanzo la iniciativa de reforma laboral al aumentar los días de vacaciones. El pasado 27 de septiembre de 2022, La Comisión de Trabajo y Previsión Social del Senado de la República, aprobó por unanimidad de 11 votos a favor, el proyecto de dictamen que dará a las y los trabajadores 12 días de vacaciones como mínimo, en el primer año de trabajo. Por: Jesús Efrén Espinoza Verdugo.

Siendo que el dictamen fue turnado a la Comisión de Estudios Legislativos Segunda para su discusión y votación, para posteriormente presentar dicha iniciativa al Pleno, a mediados del mes de octubre del presente año.
Ahora bien, como ya se mencionó, esta iniciativa de reforma laboral en materia de vacaciones dignas busca modificar la Ley Federal del Trabajo, para aumentar las vacaciones de los trabajadores durante su primer año laboral, sin embargo, esta iniciativa también contiene otros aspectos importantes bajo el principio de derechos humanos, tales como reducir la jornada laboral a 7 horas.
Proponiendo el senado reformar la Ley Federal del Trabajo, en su artículo 76 para duplicar el período anual de vacaciones pagadas dispuesto en dicho ordenamiento, desde los 6 días vigentes, hasta un mínimo de doce días de vacaciones pagadas desde el primer año. Además, se propone ampliar hasta el sexto año los incrementos anuales de dos días de vacaciones, con el objeto de que las personas trabajadoras efectivamente gocen de vacaciones dignas en el mediano plazo. Así también se propone reformar el artículo 78 para duplicar los días continuos mínimos que deben gozar las personas trabajadoras, con el objeto de que los períodos vacaciones efectivamente permitan la desconexión del ámbito laboral, el descanso necesario y el aprovechamiento del tiempo personal.
Se reforman los artículos 76 y 78 de la Ley Federal del Trabajo para quedar como sigue:
Artículo 76. Los trabajadores que tengan más de un año de servicios disfrutarán de un período anual de vacaciones pagadas, que en ningún caso podrá ser inferior a doce días laborables, y que aumentará en dos días laborables, hasta llegar a veinte por cada año subsecuente de servicios. Después del sexto año, el período de vacaciones aumentará en dos días por cada cinco de servicios.
Artículo 78. Los trabajadores deberán disfrutar en forma continua doce días de vacaciones, como mínimo.
Bajo esa óptica de reformas a los artículos 76 y 78 de la Ley Federal del Trabajo, los días de vacaciones por años trabajados quedarían de la siguiente manera:

Dicha reforma se basa en la Declaración Universal de Derechos Humanos, en la cual señala en su artículo 24 que: “Toda persona tiene derecho al descanso, al disfrute del tiempo libre, a una limitación razonable de la duración del trabajo y a vacaciones periódicas pagadas.”
De igual forma, es de observarse que según el Convenio 132 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) establece que el período vacacional mínimo que debe tener un trabajador en su primer año de servicio son 18 días, y si bien es cierto que este instrumento internacional, que México no ha ratificado, dicho documento tiene poco más de cinco décadas de vigencia, mismo tiempo que ha transcurrido sin cambios en la legislación laboral mexicana en esta materia.
Reiterando que el otro aspecto importante de esta iniciativa, emanado bajo el principio de derechos humanos, reducir las horas en la jornada laboral reformar el artículo 61 de dicha ley de los trabajadores, la iniciativa la contempla de la siguiente manera:
Jornada diurna: 7 horas máximas.
Jornada nocturna: 6 horas.
Jornada mixta: 6 y media horas.

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